Ud. es el visitante nº

Para hacer el cambio de Nombre de su contrato necesita la siguiente documentación:

- Recibo del suministro eléctrico.

- CIF, NIF o pasaporte. Si el cliente es una empresa deberá presentar el poder notarial o la autorización correspondiente.'

- Cuenta corriente para domiciliación de las facturas (20 dígitos).

- JUSTO TITULO: escritura de propiedad, contrato arrendamiento, documento de compraventa, etc.

- Si el contrato tiene más de 20 años la empresa Distribuidora (en Baleares - GESA) deberá verificar la instalación, si dicha instalación estuviera correcta, se realizará la modificación solicitada por el cliente. Si el resultado de la verificación es incorrecto, se solicitará la adaptación de las instalaciones y la presentación del correspondiente Certificado de Revisión Instalaciones (simplificado) emitido y sellado por la UDIT. Esta verificación, entre otras cosas, implica que se comprobará y precintará el IPC (Interruptor de Control de Potencia).

- Escritura de constitución en caso de una comunidad de bienes.

 Los NIF o pasaportes solicitados se refieren siempre al titular del contrato. En caso de no ser presentado, se necesita autorización por escrito del mismo. No se permitirá que el titular de pago sea distinto al titular del contrato.

 Si lo desea, ASENBAL le realiza todas las gestiones necesarias y le asesora sobre la tarifa y Potencia a contratar más ventajosa, en función de sus necesidades y consumos.

 

ASENBAL, C.B. | info@asenbal.es
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