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¿Qué es la comercializadora de último recurso?

El Ministerio ha designado a una serie de comercializadoras como Comercializadoras de Último Recurso (CUR). Se trata de las grandes empresas distribuidoras, que han tenido que crear una empresa diferenciada de la distribuidora y la comercializadora. Estas CUR son las que se encargan de suministrar en exclusiva la electricidad a los clientes que tengan contratada la Tarifa de Último Recurso (o TUR) que no son otros que todos los antiguos clientes que habían mantenido hasta el 1 de Julio/2009 su contrato con su antigua distribuidora.También las CUR son las únicas que están habilitadas para ofrecer el Bono Social. Si tiene derecho a él, deberá tener contrato con una Comercializadora de Último Recurso para solicitarlo.

 

¿Quiénes son las comercializadoras con las que podrá contratar la Tarifa de Último Recurso?

Las comercializadoras de último recurso las fija el Gobierno. En la actualidad son:

  • Endesa Energía XXI, S.L.
  • Iberdrola Comercialización de Último Recurso, S.A.U.
  • Gas Natural S.U.R., SDG, S.A
  • HC-Naturgas Comercializadora de Último Recurso, S.A.U.
  • E.ON Comercializadora de Último Recurso, S.L.

Estas empresas forman parte de los grandes grupos de generación y distribución de energía, y por lo tanto cuentan también con una comercializadoras de energía con al que comparte nombre, salvo pequeñas diferencias. Si tiene dudas sobre si tiene la TUR con una Comercializadora de Último Recurso, localice en su factura el nombre exacto de la compañía que le suministre la electricidad y compruebe si está en el listado.

 

¿La comercializadora puede influir en la calidad del servicio?

En lo que respecta al suministro, éste no se va a ver influido en absoluto por la contratación con una u otra compañía. De la garantía y calidad del suministro responde su distribuidora y no la comercializadora, por lo que no le afectara en nada estar con una u otra compañía. En lo que sí puede jugar su papel una u otra comercializadora es en la calidad del servicio de atención al cliente, la calidad de la facturación (sin errores, con transparencia en las facturas..) y por supuesto en otros servicios que puede contratar asociados al suministros de energía: servicios de mantenimiento...

 

Y si finalmente me decido a contratar con una comercializadora, ¿qué debo tener en cuenta?

Revise si económicamente le interesa la propuesta, porque la mayoría no suponen prácticamente ningún ahorro. Todas ellas suelen partir de la tarifa oficial, sobre la que ofrecen un porcentaje de descuento. Este porcentaje se suele aplicar al término fijo o al variable, pero casi nunca a ambos.

En ASENBAL le podemos informar de las ofertas que ofrecen las más importantes Comercializadoras.

A diferencia de otros sectores como el de telecomunicaciones, los contratos de electricidad no se someten a ningún tipo de control o supervisión. De hecho, ni siquiera suelen estar disponibles en la página web de estas compañías para su revisión. Por lo tanto, le recomendamos que no contrate por teléfono o a través de comerciales que acuden a su domicilio o a la puerta de cualquier establecimiento, a no ser que le proporcionen una copia completa del contrato para leerlo con detenimiento sin que usted tenga que adelantar ningún dato personal (especialmente cuenta bancaria y CUPS, que es el número que identifica su suministro), los asesores de ASENBAL proporcionan a los clientes toda la información que precisen, antes de contratar con la Comercializadora.

Igualmente, las compañías comercializadoras no están obligadas a publicar o informar de las tarifas que aplican a sus clientes y esta información es claramente deficiente en su web. Por ello, es importante que resuelva todas sus dudas antes de firmar.

Una vez que tenga la información (contrato, condiciones económicas...), revíselo poniendo especial atención a cuestiones como:

  • Condiciones económicas: qué tarifan van a aplicar, si ofrecen un descuento sobre qué base se aplica (sobre el término de Potencia, ó sobre los Kw consumidos) y durante cuánto tiempo.
  • Si la tarifa es fija o variable. Si es variable, con qué criterio se revisa.
  • Duración del contrato (es habitual que sean anuales y se renueven por periodos anuales completos, por lo que tendrá que tener en cuenta la fecha de contratación para saber en qué momento deberá solicitar su renovación). ASENBAL SE OCUPA DE HACER EL SEGUIMIENTO DE SU CONTRATO, AVISÁNDOLE DEL MOMENTO EN QUE DEBE DE RENOVAR EL CONTRATO.
  • Penalizaciones en caso de dar por finalizado el contrato antes de su fecha de término.

Si la información que le ofrece el contrato o el comercial no le satisface, no contrate.

 

 

ASENBAL, C.B. | info@asenbal.es
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